11/04/2007 ::
Todo menor de 18 años deberá portar un permiso notariado para viajar al exterior solo, con un tercero, y/o con uno de sus padres
Dicha autorización deberá encabezarse con la cita: "De conformidad con lo establecido en la nueva Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Sección Quinta Autorizaciones para viajar, artículos 391 al 393…"
En caso de que el menor viaje solo o con terceros, la autorización deberá contener los nombres y números de cédulas o pasaportes de ambos padres, así como el nombre del niño, su nacionalidad y el expreso consentimiento de los representantes para que el menor viaje durante los meses de Junio a Septiembre al destino escogido.
En los permisos para viajar con uno de los padres, el representante que permanecerá en el país deberá colocar sus datos y autorizar a su cónyuge, señalando la nacionalidad y número de cédula, para que acompañe al menor.
Los pasos que se deben seguir con el fin de autenticar la autorización para que el menor de edad viaje con uno de los padres, solo o en compañía de terceras personas, son los siguientes:
1. Acudir a un abogado que redacte el documento en el cual un progenitor autoriza al otro o ambos autorizan al menor a viajar solo o con un tercero.
(En las Defensorías del Niño y del Adolescente del Municipio Libertador podrán obtener asesoría gratuita)
2. Ir a la notaría más cercana a su residencia con el documento y la partida de nacimiento del menor.
3. Si desea hacer la autenticación por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, debe dirigirse con los mismos requisitos al EDIFICIO DE LOS TRIBUNALES, ESQUINA DE PAJARITOS, PISO 7, SALA 2, donde se le asignarán una de las 13 salas para hacer los trámites pertinentes. A través de la Defensoría de ese tribunal, también es posible conseguir el documento redactado sin costo alguno.
Todos los trámites son gratuitos y tardan aproximadamente cinco días.